Las redes inalámbricas en banda de 5 GHz son las más utilizadas por los operadores para dar servicio de telecomunicaciones a sus clientes. Esta se utiliza como banda de uso común.
Dentro del espectro de las frecuencias podemos encontrar las bandas particulares, las bandas licenciadas y las bandas libres.
- Bandas particulares: son de uso privativo compradas al organismo nacional regulador de las telecomunicaciones, como por ejemplo las frecuencias de telefonía móvil.
- Bandas licenciadas: para su uso se requiere un permiso otorgado por la agencia reguladora del espectro en cada país. Dicha licencia se da por enlace.
- Bandas libres: son aquellas que no requieren ningún permiso y cualquier persona puede transmitir. Concretamente, las bandas 5 GHz son usadas para aplicaciones de banda ancha y su utilización se extiende por todo el mundo.
La tecnología WiFi y Wimax se utiliza en bandas de 2 GHz y 5 GHz según lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF)
Es por ello que, para evitar interferencias a otros servicios de radiocomunicaciones es necesario que el espectro eléctrico se ajuste a las condiciones de uso establecidas en el CNAF.
Condiciones de uso de las Redes Inalámbricas de área local en Banda de 5 GHz
¿Cuáles son las condiciones del uso común de la banda de 5GHz?
El uso común del espectro radioeléctrico es aquel que se efectúa sin necesidad de una autorización previa de la Administración. En cuanto a las condiciones del uso común de los sistemas de acceso inalámbrico y RLAN en la banda de 5 GHz, las cuales están reguladas a través de las notas de Utilización Nacional UN-128, establecen lo siguiente:
Banda 5150-5350 MHz:
- Su utilización se restringe únicamente en el interior de recintos.
- Potencia (p.i.r.e.) (*) Banda (MHz) Sistemas con TPC y con DFSSistemas con TPCSistemas sin TPC
- 5150-5250 (**) 30 mW 120 mW 200 mW 5250-5350 (**) 60 mW con DFS 200 mW con DFS 200 mW
Estas condiciones se consideran de uso común.
El significado atribuido a los términos y símbolos utilizados en esta tabla es el siguiente:
(*) Se refiere a la potencia (p.i.r.e.) promediada sobre una ráfaga de transmisión ajustada a la máxima potencia.
(**) En estas bandas, la densidad espectral de p.i.r.e. media no ha de exceder de 0,04 mW/4 kHz medida en cualquier ancho de banda de 4 kHz.
TPC: Se refiere a sistemas que dispongan de control de potencia transmitida.
DFS: Se refiere a sistemas que dispongan de selección dinámica de frecuencia de acuerdo a la Recomendación UIT-R M.1652 sobre sistemas de acceso radio incluyendo RLAN en 5 GHz.
Banda 5470-5725 MHz:
- Esta banda puede ser utilizada para redes de área local en el interior o exterior de recintos con potencia inferior o igual a 1 W (p.i.r.e.) con TPC; o 500 mW sin TPC.
- La selección dinámica de frecuencia (DFS) debe estar activado según la norma EN 301 893.
Uso de la banda de 5 GHz por los radares de meteorología
La banda 5 GHz tiene un uso reservado al Estado para el servicio de radiolocalización. Por ejemplo, la banda de 5600 a 5660 MHz es empleada por los radares de los servicios de meteorología. Si se producen interferencias los datos quedarán desvirtuados y se perderá su utilidad. Los radares meteorológicos a bordo de aeronaves o situados en tierra funcionan en la gama de frecuencias 5250-5850 MHz.
Para evitar estas interferencias perjudiciales, es muy importante que el uso de las RLAN respete las condiciones de compartición con los sistemas de radiodeterminación establecidas en la UN-128 del CNAF.
Interferencias a los radares de metereología a otros servicios con derecho a protección
La Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (DGTTI) es la encargada de eliminar las posibles interferencias que hayan sido detectadas por los servicios de metereología. Primeramente, se realizan las comprobaciones pertinentes para localizar el foco interferente para poder eliminar, posteriormente, dicha interferencia. Lo mismo ocurre con el resto de servicios de radiocomunicaciones.
¿A qué se debe prestar especial atención en la instalación y uso de las RLAN en banda de 5 GHz?
Las redes LAN se pueden conectar entre ellas a través de líneas telefónicas y ondas de radio. Por tanto, un sistema de redes LAN conectadas de esta forma se llama una WAN (Red de área ancha).
Es necesario tener en cuenta, para la instalación de sistemas RLAN, lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. En él se establecen las condiciones que deben cumplir tanto las instalaciones como los instaladores.
Las bandas de frecuencias deben ceñirse estrictamente a las establecidas para el uso común en el CNAF. Además, la potencia radiada (p.i.r.e) no debe superar el valor máximo autorizado establecido en la UN-128 del CNAF.
También es importante que los transmisores RLAN que funcionen en las bandas 5250-5350 MHz y 5470-5725 MHz tengan activado el mecanismo DFS. Su labor consiste en escanear continuamente la banda de frecuencias para verificar si existe un radar que utiliza la misma frecuencia y evitar las posibles interferencias.
Todo equipo de telecomunicación debe ser conforme a las directivas europeas que le sean de aplicación, y es importante que incluya el marcado CE y la declaración de conformidad. En particular, los transmisores RLAN deben ser conformes con la Directiva 2014/30/UE, sobre compatibilidad electromagnética, y con la Directiva 2014/53/UE, sobre la comercialización y uso de estos equipos radioeléctricos.
Desde IdSA te asesoramos tanto en el uso de la banda libre como en la tramitación de toda la documentación técnica para así disponer de banda licenciada.
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