El nuevo Real decreto–Ley 15/2018 da la oportunidad de disfrutar de un autoconsumo fotovoltaico, justo y sostenible, sin restricciones. Conozca sus beneficios.
En qué consiste el nuevo RD 15/2018
El nuevo real decreto fue aprobado el 5 de octubre del 2018. El mismo, presenta como principal novedad la eliminación del “impuesto al sol”. Además, fomenta el uso compartido de las instalaciones de autoconsumo. También permite instalar mayor potencia que la contratada y simplifica la tramitación en la legalización de las instalaciones.
El nuevo RD 15/2018 entró en vigor inmediatamente después de su publicación. Sin embargo, tiene carácter provisional ya que deberá ser refrendado por una mayoría parlamentaria en el plazo máximo de 1 mes.
Así mismo, el real decreto da un plazo de 3 meses para que el gobierno desarrolle la normativa de todo lo dispuesto en el artículo 18 del presente real decreto-ley, que hace referencia al autoconsumo fotovoltaico.
El real decreto contiene medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Trata temas como la pobreza energética, el bono social, impuesto de generación, prórrogas para la conexión de instalaciones de generación, obligaciones de las comercializadoras, considerando muchos otros aspectos y en especial lo referente al autoconsumo.
Puntos claves para que el autoconsumo sea un éxito inmediato
-El decreto contempla que “La energía auto consumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes”.
-Estima que existirán dos tipos de instalaciones de autoconsumo; sin excedentes, con el sujeto consumidor de energía y se justificará la inyección de excedentes a la red de distribución, mediante un equipo anti-vertido que debe ser instalado. Con excedentes, en este caso se considera el sujeto consumidor y el productor de electricidad. Se estima un procedimiento de legalización más complejo pero se podrán valorizar los excedentes solares.
-Permite realizar autoconsumo compartido. “se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores para aprovechar las economías de escala”. Aprovecharán instalaciones de producción conectadas en la red interior de los consumidores asociados, unidas a través de líneas directas, próximas y asociada a las de consumo y derivadas del mismo centro de transformación. Podrán llevarlo a cabo todos aquellos ciudadanos que estén conectados al mismo centro de transformación. Como por ejemplo: los bloques de viviendas y edificios municipales que permitieran compartir la energía.
-Se simplificarán trámites legales y de reglamentación de las instalaciones de autoconsumo sin excedentes hasta 100kW. No será necesario solicitar permisos para instalaciones de consumo menores a este voltaje, contemplados en reglamentos electrotécnicos de fechas anteriores.
-Con el Decreto Real, se reducirán los costes de equipamiento e instalación para medición de la energía solar generada. Con instalaciones de autoconsumo se ahorrarán equipos de medidas para la generación y consumo neto de energía.
-Se permite instalar más potencia solar que la potencia contratada.
Otros puntos destacados
La antigua ley RD900/2015 no permitía contratar más potencia solar que eléctrica. Lo cual, suponía tener que recurrir a esta última cuando la energía solar no alcanzaba para cubrir las necesidades. Gracias a la nueva normalización, se contratará la potencia que se desee. Y las baterías generarán suficiente energía como para reducir la contratación del término fijo de potencia eléctrica.
- Se permiten instalaciones “tipo 1”. Donde el titular de las instalaciones de autoconsumo (comunidad de vecinos por ejemplo) puede ser diferente al titular de la instalación de autoconsumo (arrendatario).
- Permite contratar la potencia que se necesite. Siempre y cuando no supere los 15 kW y disponga de un contador que permita discriminación horaria y telegestión.
- Se llevará un registro administrativo de autoconsumo. Para dar seguimiento a la actividad de autoconsumo y realizar análisis del impacto económico.
- Se racionalizan las sanciones de autoconsumo a las instalaciones de autoconsumo no legalizadas. En la búsqueda de incentivar la legalización de todas las instalaciones.
Las multas abusivas por las instalaciones ilegales de placas solares serán más razonables. Porque la infracción estará relacionada con el autoconsumo. Así, “la sanción máxima será la mayor de entre las dos cuantías siguientes: el 10% de la facturación anual por consumo de energía eléctrica o el 10% de la facturación por la energía vertida a la red” (BOE).
Ayudas para el Autoconsumo Fotovoltaico en Murcia
El programa operativo FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) Murcia 2014/2020), busca impulsar las energías renovables, el ahorro y la eficiencia energética de las empresas. Para lograrlo, periódicamente concede ayudas y subvenciones a empresas del sector industrial (secciones B,C y D) y/o terciario (secciones E,F,G,H e I).
Dichas empresas están establecidas en el ámbito territorial de la región de Murcia. EL objetivo de las ayudas y subvenciones, es la ejecución de inversiones con la finalidad de realizar auditorías energéticas (entre 4.000 y 15.000 € dependiendo del consumo de energía final por año/establecimiento), la renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía (límite de subvención máximo 200.000 euros), mejora de la eficiencia energética en procesos productivos (límite de subvención máximo 200.000 euros) e instalación de generación de energía en punto de consumo (límite de subvención máxima de 100.000 Euros).
Propuesta IdSA de asesoramiento y consultoría
Idsa ofrece una consultoría y asesoramiento personalizado de las necesidades de su empresa para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico sujetas a este nuevo Real Decreto Ley. También realizamos un estudio técnico-económico donde se incluye la presentación, solicitud y gestiones de ayudas aplicables a su instalación fotovoltaica. Estamos especializados en gestionar todas las fases del proyecto:
- Estudio técnico-económico de las soluciones disponibles y estudio de viabilidad económica.
- Presentación formal de la ayuda Europea.
- Propuesta llave en mano de Proyecto, dirección de obra y ejecución material.
- Legalización de la instalación.
- Justificación de la ayuda
Si necesita asesoramiento para su proyecto de autoconsumo fotovoltaico, no dude en contactarnos. |