Recientemente han salido publicadas las bases reguladoras y la nueva convocatoria para conceder ayudas y subvenciones para modernizar los alojamientos turísticos en la Región de Murcia, vigente hasta Junio de 2019. Tanto para hoteles y hostales, como para casas rurales y apartamentos turísticos. Estas ayudas se encuentran cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
El objeto de las subvenciones, es apoyar los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales tendentes a la creación, adecuación, mejora y modernización de alojamientos turísticos.
Proyectos susceptibles de Ayudas
Algunos de los proyectos que se enmarcarían dentro de las ayudas, serían los que apuestan por la renovación de instalaciones de climatización. Tanto de calefacción como de aire acondicionado, la mejora en las instalaciones de telecomunicaciones, en concreto de las instalaciones de fibra, y la domótica para el control de la iluminación.
En cualquier caso, este tipo de proyectos de mejora de la eficiencia energética en calefacción y climatización, contribuye significativamente a un ahorro de energía considerable para los establecimientos. Y además, redunda en la disminución de la factura eléctrica.
En IdSA disponemos de un Equipo de Ingenieros especializados en Instalaciones de Calefacción y Climatización de Alta Eficiencia Energética. Y de amplia experiencia en Instalaciones de Telecomunicaciones. Nuestro equipo puede asesorarle sin compromiso, y tramitar la ayuda cuando la convocatoria esté disponible.
Beneficiarios de las Ayudas para Alojamientos Turísticos en Murcia
Los beneficiarios de las ayudas están contemplados en el artículo 2 de la Orden de 3 de agosto de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente. Mediante la cual, se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas para la modernización de alojamientos turísticos, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
El artículo establece que los beneficiarios de las ayudas son fundamentalmente las Pymes. Estas, deben realizar inversiones en centros de trabajo en Murcia. Que estén dedicados a los alojamientos turísticos inscritos en el registro de Empresas y actividades turísticas de la Región de Murcia.
Se entiende además, que una Pyme es una empresa en cuyo ejercicio de la actividad económica se emplee a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio no supere los 50 millones de euros anuales. O bien, que posea un balance general anual menor a 43 millones de euros.
Dentro de las Pymes existe una categoría de pequeña empresa. La cual, se entiende como aquella empresa que cuente con menos de 50 trabajadores y que posea un volumen de negocios anual o un balance general anual inferior a 10 millones de euros. Ambos requisitos son indispensables para que una empresa sea considerada como Pyme.
Se indica que las ayudas no deben destinarse a actividades económicas relacionadas con la exportación o con el establecimiento y funcionamiento de alguna red de distribución.
Cuantía de la Subvención a Alojamientos Turísticos en Murcia
La orden incluye la cuantía de las subvenciones a otorgar a cada beneficiario. Las cuales, jamás podrán exceder los 180.000 euros en cada convocatoria, en concepto de subvención bruta. Y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta un 30% sobre los costes elegibles.
Un punto a destacar, es cuando se generan rendimientos financieros gracias a la subvención. En tal caso, dichos rendimientos deberán aplicarse para incrementar el importe recibido por concepto de la subvención.
Por supuesto, se estima que la subvención otorgada sea suficiente para realizar la modernización. Incluyendo proyectos para la renovación de instalaciones de climatización, tanto de calefacción como de aire acondicionado, la mejora en las instalaciones de telecomunicaciones, de las instalaciones de fibra, y la domótica para el control de la iluminación.
Dichas mejoras contribuyen a la eficiencia energética en calefacción y climatización, y conllevan un considerable ahorro energético en los establecimientos con la consecuente disminución de la factura eléctrica.
Requisitos de las Ayudas a Hoteles en Murcia
Las subvenciones y ayudas otorgadas para la modernización de hoteles y otros alojamientos turísticos en Murcia, conllevan sus respectivas obligaciones y requisitos:
1. Cumplir obligaciones
El primer requisito es que las empresas beneficiarias deben cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Y además, deben acreditar que no poseen ninguna prohibición de las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Publicidad
Otra de las obligaciones que contraen los beneficiarios es que deben adoptar la publicidad del carácter público de la financiación de las actividades o cualquiera que sea el objeto de la subvención recibida. Eso incluye, reconocer y expresar el apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
Lo cual, será evidente al utilizar el emblema de la Unión Europea y del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. Además de hacer referencia a que FEDER le presta apoyo, y la publicidad en la página web de la empresa. También deben colocar un cartel visible públicamente, que mencione la información respectiva al proyecto y la subvención recibida.
3. Someterse a órganos fiscalizadores
Se contempla además, que los beneficiarios deberán someterse a algunos órganos fiscalizadores. Tal como, al Instituto de Fomento de la Región de Murcia; a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; al Tribunal de Cuentas de la Unión Europea; a la Comisión Europea y demás órganos fiscalizadores con competencia en la materia. Y además, deben facilitarles también la debida información requerida por dichos organismos e instituciones.
4. Conservar documentos
Otro de los puntos destacados entre las obligaciones, es que los beneficiarios deben conservar de forma adecuada toda la documentación original que justifique la subvención por un período de 3 años. Contados a partir del 31 de diciembre del año siguiente a la presentación de las cuentas. Incluyendo los gastos de operación, tal como lo establece el el artículo 140 del Reglamento (UE) N.º 1303/2013.
5. Contabilidad
También, los sujetos de la subvención deben establecer y mantener la contabilidad adecuada. Tal que, permita hacer seguimiento y verificación al cobro de la ayuda. Así como, de los gastos que se hayan realizado que sean imputables a esta. Incluyendo las transacciones que están relacionadas con todas las operaciones que sean objeto de la financiación.
6. Contrataciones
Las empresas subvencionadas deben acreditar el cumplimiento de la norma comunitaria en materia de contratación.
7. Valoración de resultados e impacto
Un punto importante, es que los beneficiarios quedan comprometidos a colaborar con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia. Con el objetivo de hacer una valoración de los resultados y el impacto generados a causa de su ejecución. Para ello, debe facilitar los datos necesarios en el modelo de cuenta justificativa que se encuentra previsto en el artículo 15.6
8. Capacidad de ejecución
Se contempla que los beneficiarios de la subvención cuenten con la capacidad de ejecutar el proyecto. Lo que incluye la capacidad administrativa, financiera y operativa. Por eso, deben acreditar una declaración responsable en la solicitud de la subvención para tales efectos.
9. Inclusión en lista FEDER
Los beneficiarios serán incluídos en la lista de operaciones de FEDER. A los efectos previstos en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) N.º 1303/2013.
10. Antigüedad de establecimiento
Los beneficiarios deben tener una antigüedad superior a los 2 años en el establecimiento objeto de la subvención. Y deben también, comprometerse a permanecer en el establecimiento por un período de 2 años después de completada la subvención.
11. Suministro de información
Además, los beneficiarios quedan en materia informativa. Así pues, están obligados a suministrar al Instituto de Fomento de la Región de Murcia toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas. Claro, con previo requerimiento y en un máximo de quince días. Todo en conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 de la Ley 12/2014. de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En IdSA disponemos de un Equipo de Ingenieros especializados en Proyectos de Instalaciones de Calefacción y Climatización de Alta Eficiencia Energética y de amplia experiencia en Instalaciones de Telecomunicaciones, dispuestos a asesorarle sin compromiso y tramitar la ayuda cuando la convocatoria esté disponible.
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